
Por Alianza de Medios
Una IPS en Colombia es un instituto prestador de salud (IPS) que es contratada por las entidades promotoras de salud (EPS) para que cumpla con los planes y servicios que estas ofrecen o promueven a sus usuarios, pero son las EPS, es decir las clínicas y hospitales del Estado las que cancelan todos los gastos médicos que sus pacientes generen a las IPS.
En ese orden de ideas las denominadas IPS deben ser instituciones idóneas y calificadas para la prestación del servicio que pretender ofrecer, esto incluye instalaciones apropiadas, personal idóneo y lógicamente deben contar con los permisos y certificaciones correspondientes emanadas de las autoridades sanitarias, en este caso las secretarías de salud, tanto municipales como departamentales.
Es por ello que sorprende que, en un municipio con las enormes dimensiones poblacionales que tiene Soledad, algunas de estas IPS no cuenten con el lleno de todos estos requisitos para operar, lo que vulnera los derechos fundamentales de la ciudadanía que debe ser sometida a servicios médicos y asistenciales por parte de estos Institutos “de garaje”.
Continuando con el reportaje sobre la operación y atención de algunas IPSs en el municipio de Soledad, que de acuerdo con la documentación a la cual tuvimos acceso, no cuentan con la respectiva certificación de habilitación para la prestación de sus servicios médicos, expedida por la Secretaría de Salud Departamental, requisito indispensable para que estas IPS puedan entrar en funcionamiento.
Adicionalmente hemos recopilado información entregada por la comunidad, en las que vienen denunciando que, a pesar de que los Institutos Prestadores de Servicios de Salud involucrados han sido ya sellados por la autoridad departamental, continúan prestando sus servicios.
En esta segunda entrega abordaremos el caso de la IPS Los Ángeles de La Salud, ubicada en la calle 70 No. 18-9, en el barrio Villa Estadio, al sur occidente del municipio de Soledad, este establecimiento según algunos funcionarios de la Secretaría de Salud Departamental, fue sellado para ofrecer sus servicios a comienzos del mes de julio y según testimonios de la misma comunidad del sector, continúa atendiendo a pacientes de ese importante sector de la municipalidad.
La IPS Los Ángeles de Salud, según certificado de la Cámara de Comercio de Barranquilla, fue constituida con documento privado del 28 de mayo de 2020 y presentado la Cámara de Comercio el 4 de junio de 2020, bajo el número 380.814 del libro IX, creándose la sociedad: CLINICA I.P.S. LOS ANGELES DE LA SALUD D Y E S.A.S. Asumiendo en su efecto el cargo de gerente a nombre de Gerente, el señor Romero Rodríguez Diógenes Alberto con documento de identidad CC 8.710.108 y en la subgerencia aparece la señora Conrado Arroyo Edelmira Cristina con número de identificación CC 39143902. El capital suscrito es de 10 millones de pesos, con diez mil acciones y un valor nominal de $ 1.000.
Es importante señalar que su amplio objeto, asemeja al parecer, las características legales de una entidad prestadora de salud tipo clínica u hospital y según las evidencias enviadas por la comunidad y las respectivas consultas realizadas por nuestros periodistas a personas conocedoras y especializadas sobre estos temas, no llega a ser siquiera un modesto puesto de salud, al parecer en adecuaciones recientes y remodelaciones que se vienen desarrollando en medio de la atención a los usuarios o pacientes que están recibiendo los servicios de salud y atención, según las fotografías recibidas por nuestro equipo de trabajo.
Este es el objeto social de la IPS LOS ÁNGELES DE SALUD
La sociedad tiene por objeto: Servicios médicos generales y especializados con el fin de brindar una atención personalizada y humana que mejore la calidad de vida para la pronta recuperación del paciente, actividades de diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, suministrados a pacientes internos en hospitales o clínicas, atención médica y técnico-quirúrgica, servicio de apoyo diagnóstico: imagenología (rayos x, ecografía, TAC RMN, gamagrafía, etc.), laboratorio clínico, endoscopia, patología etc., cuando se prestan a pacientes internos.
Servicio de complementación terapéutica:
- Rehabilitación por terapistas), optometría, psicología, nutrición, fonoaudiología, etc., cuando se presten a pacientes internos.
- Servicios de urgencias.
- Servicios de quirófanos, servicios de farmacia, servicios de comida a pacientes internos y otros servicios hospitalarios.
- Servicios de centros de planificación familiar que proporcionen tratamiento médico tales como esterilización e interrupción del embarazo, cuando se realizan con internación.
Contratar con entidades públicas y privadas prestadoras de servicios de salud (E.P.S.) o instituciones prestadoras de servicios de salud (I.P.S.) que requieran nuestros servicios médicos de salud y complementarios. e. Asesorías jurídicas en salud, interventorías en el régimen subsidiado y contributivo, consultorías, prestación y ejecución directa e indirecta de todo tipo de servicios relacionados con la salud y sus complementarios.
Desarrollar programas de prevención, promoción y educación en salud, contratación y suministro de medicamentos relacionados con la salud. Manejo de planes de seguridad social de afiliación obligatoria. Comercializar drogas hospitalarias y genéricas de los niveles I, II, II, IV así como insumos médicos, quirúrgicos, de laboratorio, odontológicos, rayos fisioterapéuticos, equipos médicos y hospitalarios, demás productos afines a la salud humana.
Participar en licitaciones públicas y/o privadas y podrá asociarse a través de consorcios o uniones temporales, integrarse de manera social, económica, educativa y gremial con otras entidades con el fin de ejecutar los servicios afines en desarrollo al objeto social.
La sociedad además podrá realizar cualquier actividad lícita comercial y civil en Colombia como en el extranjero y todas las demás inherentes de desarrollo social. Podrá participar en contrataciones públicas y privadas, celebrar contratos civiles o administrativos con el estado, personas naturales o jurídicas para el desarrollo de sus negocios.
ACTA DE MEDIDA PREVENTIVA LEVANTÓ LA SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL.
El pasado 31 de julio, la secretaría de Salud Departamental impuso un acta de medida preventiva contra la IPS Los Ángeles de La Salud, ubicada en la calle 70 No. 18-9, luego de realizar una visita a ese establecimiento. Ese mismo día el acta de la medida preventiva fue recibida por el jefe de aseguramiento de la secretaría de Salud de Soledad, para la posterior inspección, control y seguimiento. Anexamos el documento.
En la próxima entrega abordaremos otras IPS, igualmente cuestionadas y estaremos dialogando con sus representantes legales para aclarar la situación y escuchar su versión de los hechos, tal y como debe ser con miras a ofrecer objetividad e imparcialidad incuestionable en la noticia; noticia que no deja de sorprendernos cada vez que pensamos en cómo puede funcionar -o mejor aún- cómo puede prestar servicios en un área tan vital como es la salud, una IPS de garaje.
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